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Información precisa y comunicación directa en cada instancia, con atención en San Juan.

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La Escribanía

Las decisiones relevantes requieren análisis y acompañamiento profesional.

En Escribanía Salinas abordamos los trámites notariales con un enfoque directo y resolutivo. Estudiamos cada situación en particular, analizando sus implicancias legales y evaluando la alternativa más adecuada. Buscamos que quienes nos consultan comprendan el procedimiento y puedan decidir con tranquilidad.

La escribanía está a cargo de la Notaria Lucía Pilar Salinas, Titular del Registro Notarial N° 88 de la Provincia de San Juan, quien ejerce su función con responsabilidad y criterio técnico. Atendemos a particulares, familias, desarrolladores, inmobiliarias, empresas y organizaciones, brindando una gestión eficiente y coordinada con registros y organismos cuando el trámite lo requiere. Nuestra tarea consiste en instrumentar y dar marco jurídico a decisiones importantes, con rigor técnico y profesionalismo.

Notaria Lucía Pilar Salinas

Notaria Lucía Pilar Salinas

Abogada y Procuradora (UNC, 2000) • Notaria (UNC, 2002) • Mediadora (UNC, 2014) • Diplomada en Derecho Notarial y Registral (UNA, 2024)

Cuenta con más de quince años de experiencia como Escribana Titular del Registro Notarial Especial del Instituto Provincial de la Vivienda de San Juan. Actualmente se desempeña en la Escribanía Mayor de Gobierno de la Provincia, desarrollando funciones vinculadas a la instrumentación de actos notariales y al asesoramiento técnico.

Desde 2020 ejerce como Titular del Registro Notarial N° 88 de la Provincia de San Juan, brindando actuación y asesoramiento notarial a particulares y organizaciones. Su trayectoria combina ejercicio profesional independiente y desempeño en la función pública, con experiencia en actos inmobiliarios, registrales y administrativos de diversa complejidad.

Cómo trabajamos

Cada trámite comienza con el análisis de la situación planteada y la definición del camino más adecuado. En Escribanía Salinas estudiamos el caso, explicando sus implicancias jurídicas y organizando su instrumentación conforme a la normativa vigente.

El trabajo se desarrolla en etapas definidas:

1
Consulta y orientación

Escuchamos la situación, analizamos el caso y detallamos la documentación necesaria.

2
Revisión y preparación

Verificamos antecedentes y requisitos para que el acto pueda instrumentarse correctamente.

3
Redacción del instrumento

Elaboramos la escritura o documento conforme a la normativa vigente.

4
Firma

Se realiza la lectura y firma del instrumento con la explicación correspondiente.

5
Inscripción y gestión posterior

Cuando corresponde, gestionamos la inscripción registral y controlamos su conclusión.

Acompañamos el proceso con comunicación directa y atención profesional en cada etapa.

SERVICIOS NOTARIALES

Escrituras Públicas

Formalizamos compraventas, donaciones, hipotecas y demás actos que requieren escritura pública.

Consultar por escritura

Poderes Generales y Especiales

Redactamos poderes adaptados a cada necesidad para gestiones judiciales, administrativas o personales.

Asesoramiento sobre poderes

Certificación de Firmas

Certificamos firmas en contratos y documentación privada, acreditando identidad y fecha cierta.

Certificar firma

Autorizaciones para Viajar

Otorgamos autorizaciones para menores de edad que deban viajar dentro o fuera del país.

Tramitar autorización de viaje

Actas Notariales

Elaboramos actas para dejar constancia formal de hechos o situaciones que requieren respaldo probatorio.

Solicitar acta notarial

Certificación de Copias

Certificamos copias fieles de documentos originales para su presentación ante organismos públicos o privados.

Certificar documentación

Asuntos Sucesorios

Formalizamos e intervenimos en actos vinculados a procesos sucesorios, adjudicaciones y cesiones.

Consultar trámite sucesorio

Contratos y Actos Jurídicos

Instrumentamos contratos civiles y comerciales que requieran intervención notarial.

Consultar por contrato

Asesoramiento Notarial Integral

Brindamos orientación para analizar alternativas y definir el instrumento más adecuado según cada situación.

Solicitar asesoramiento

Orientaciones por trámite

Escritura de Compraventa

La escritura pública de compraventa formaliza la transferencia de un inmueble y le otorga plena validez legal. Antes de firmar, conviene conocer cómo se desarrolla el trámite y qué aspectos deben revisarse.

¿Qué documentación suele requerirse?

En una compraventa inmobiliaria generalmente se requiere:

  • Título de propiedad del inmueble.
  • Documento de identidad de las partes.
  • Datos personales completos.
  • Información sobre estado civil.
  • Datos catastrales.
  • En determinados casos, constancias impositivas u otra documentación complementaria.

Los requisitos pueden variar según la situación del inmueble o de las partes intervinientes.

¿Qué controles realiza la escribanía antes de la firma?

Previo a la escritura se solicitan certificados e informes registrales para verificar:

  • Titularidad.
  • Existencia de gravámenes.
  • Inhibiciones.
  • Situación registral actualizada.

Estos controles permiten confirmar que la operación pueda celebrarse correctamente.

¿Cómo es el proceso?
  1. Revisión de la operación y documentación.
  2. Solicitud de certificados e informes.
  3. Redacción del instrumento.
  4. Firma de la escritura.
  5. Inscripción registral cuando corresponda.
¿Cuánto puede demorar?

El plazo depende de la emisión de certificados e informes y de la situación particular del inmueble. Una vez reunida la documentación, se coordina la firma en fecha acordada.

¿Cómo se distribuyen los gastos?

En la práctica habitual, los gastos suelen distribuirse entre comprador y vendedor en proporciones que se informan previamente. Antes de avanzar, se detallan los conceptos incluidos en el presupuesto.

¿Qué situaciones pueden modificar el trámite?

Algunas circunstancias pueden requerir documentación adicional o extender plazos, por ejemplo:

  • Inmuebles provenientes de sucesión.
  • Venta mediante poder.
  • Propiedad Horizontal.
  • Existencia de medidas cautelares.

Cada caso se analiza de manera particular.

Poderes

El poder permite autorizar a otra persona para actuar en nombre propio dentro de los límites establecidos.

¿Cuándo conviene otorgarlo?

Se utiliza cuando una persona:

  • No puede concurrir personalmente a un trámite.
  • Necesita representación judicial o administrativa.
  • Requiere delegar actos de administración o disposición.
  • Debe autorizar la firma en una operación específica.
¿Qué tipos existen?
  • Generales, con facultades amplias.
  • Especiales, limitados a actos determinados.

La elección depende del objetivo y alcance necesario.

¿Qué se necesita para su otorgamiento?

Para redactarlo suele requerirse:

  • Documento de identidad vigente del otorgante.
  • Datos completos de la persona designada como apoderada.
  • Información precisa sobre las facultades a otorgar.

En ciertos casos pueden requerirse datos adicionales.

¿Puede revocarse?

Sí. El otorgante puede dejarlo sin efecto mediante el instrumento correspondiente. También puede extinguirse en los casos previstos por la ley.

Certificación de Firmas

La certificación acredita que una firma fue puesta en presencia de la escribana, verificando la identidad de quien suscribe y otorgando fecha cierta al documento.

¿En qué casos se requiere?

Suele exigirse para:

  • Contratos privados.
  • Declaraciones juradas.
  • Autorizaciones.
  • Trámites ante organismos públicos o privados.
  • Presentaciones bancarias o comerciales.
¿Qué debe presentarse?

Habitualmente:

  • Documento de identidad vigente.
  • Documento a firmar.

Dependiendo del trámite, pueden requerirse datos adicionales.

¿Es conveniente coordinar turno?

Sí. Se recomienda acordar previamente la atención, especialmente cuando intervienen varias personas.

Autorizaciones para Viajar

Instrumento mediante el cual uno o ambos progenitores autorizan a una persona menor de edad a viajar sola o acompañada por uno de ellos o por terceros.

¿Cuándo es necesaria?

Generalmente cuando la persona menor o adolescente:

  • Viaja sola.
  • Viaja con uno solo de sus progenitores.
  • Viaja con terceros.
  • Realiza un viaje internacional.

Las exigencias pueden variar según el destino.

¿Qué documentación se requiere habitualmente?
  • Documento de identidad de la persona menor de edad.
  • Documento de identidad de los progenitores.
  • Partida de nacimiento.
  • Datos del viaje.

En algunos casos puede solicitarse documentación complementaria.

¿Deben concurrir ambos progenitores?

Sí, cuando ambos ejercen la responsabilidad parental y corresponde su autorización.

¿Conviene tramitarla con anticipación?

Sí. Se recomienda realizarla con tiempo suficiente antes del viaje.

¿Puede otorgarse por plazo determinado?

Sí. Puede emitirse para un viaje específico o por un período determinado.

Actas Notariales

Instrumento mediante el cual la escribana deja constancia formal de hechos que verifica directamente.

¿Para qué se utilizan?

Suelen emplearse para:

  • Constatar el estado de un inmueble.
  • Documentar situaciones específicas.
  • Registrar notificaciones.
  • Dejar constancia de entrega de bienes o documentación.
¿Qué puede constatarse?

Hechos verificables por la escribana en el momento de la actuación. No implica emitir opinión jurídica, sino documentar lo observado.

¿Qué información debe aportarse?

En general se requiere:

  • Documento de identidad del requirente.
  • Descripción precisa del hecho.
  • Datos del lugar o personas involucradas, cuando corresponda.
¿Es necesario coordinar previamente?

Sí. Las actas requieren organización previa, especialmente si implican actuaciones fuera de la escribanía.

¿Tiene valor probatorio?

Sí. El acta notarial es un instrumento público y constituye medio de prueba respecto de los hechos constatados.

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